El uso de la expresión medicina satisfactiva es adecuado en el ámbito médico para referirse a la medicina que no se lleva a cabo sobre pacientes enfermos, sino sobre quienes quieren mejoras estéticas en el cuerpo. No sería correcto con el sentido de ‘medicina (intervención médica o quirúrgica) que ha dejado satisfecho al paciente’, es decir, satisfactoria.
Como confirma la asesoría médica del Diccionario de términos médicos de la Real Academia Nacional de Medicina de España:
El concepto de medicina satisfactiva está incorporado al ámbito legislativo de la asistencia sanitaria en España (p. ej., Sentencia del Tribunal Supremo de 3 octubre de 2000 [RJ 2000, 7799]), en particular en situaciones en las que es necesario establecer si la asistencia prestada fue o no correcta, para lo cual uno de los parámetros utilizados es la distinción entre medicina curativa y medicina satisfactiva.
En este contexto, la medicina curativa (necesaria, terapéutica o asistencial) es una medicina de medios cuya finalidad es la curación o la mejoría de un estado de salud deficiente del paciente y cuya justificación es la necesidad (de someterse a la intervención), en contraposición con la medicina satisfactiva (o voluntaria), que es una medicina de resultados cuya finalidad es la modificación del propio cuerpo con fines estéticos o funcionales y cuya justificación no es la necesidad, sino la voluntad (de modificar satisfactoriamente el cuerpo).
Acaban de descubrir unos restos romanos bajo el Mediterráneo y se menciona una columna...
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